El mundo moderno está lleno de hombres que sostienen dogmas con tanta firmeza, que ni siquiera se dan cuenta de que son dogmas. (G.K.CH)

La resurrección del Renatre

Es importante dilucidar, que más que el capitalismo, los estados intervencionistas son quienes  siempre intentan avanzar sobre las libertades de los particulares.
Se fundan en el hecho que el Estado puede brindar mejores servicios y de una forma más adecuada los servicios que son parte del patrimonio social.
Este tipo de política genera una parálisis social, teniendo en cuenta que no se confía en el particular para que pueda cumplir su funcion de organizar y organizarse para alcanzar el bien común.
Esta discusión, se puede ver con claridad cuando se analiza el alcance del fallo de la Corte sobre el Renatea o Renatre, hecho jurídico que demuestra a las claras la tensión entre la libertad de los actores sociales o la legalidad de la irrupción del Estado en el manejo de los bienes privados de la socidedad.
El Renatre poseía un órgano mixto de dirección conformado entre trabajadores y empleadores.
Desede allí se controlaba la actividad agraria en el País. Mediante la ley 26.727, se absorbió este en un nuevo organismo Estatal, autárquico, llamado Renatea.
En dicho órgano, se excluyó cualquier participación sindical, es decir, se quitó la representación de los trabajadores de UATRE.
Ante esta situación, la representación sindical accionó hasta llegar a la CSJN.
Allí la Corte analizó la función Delegada por parte del Estado en los particulares (sindicato) para el manejo de sus propios intereses, y por este hecho, altamente positivo al interés de los trabajadores "cualquier reforma legal ulterior que pretendiera imponer un régimen de administración del seguro
que no respete dicho modelo comportaría vulnerar tanto la letra
como el espíritu del citado arto 14 bis."
En el mismo sentido de lo que Gordillo venía enseñando "...Hablamos aquí de tres principios rectores que interactúan en forma constante: en principio de irreversibilidad de los derechos humanos, el de progresividad y el
de razonabilidad. Cualquier norma que quiera reducir la virtualidad y el ámbito
de aplicación de estos derechos, inevitablemente conducirá a la irrazonabilidad y, en consecuencia, a su inconstitucionalidad. Podemos concluir que el sistema de derechos humanos, como standard mínimo, solo puede proyectarse, constitucionalmente, en un único sentido razonable: Su progresividad cuantitativa y cualitativa."
Nos encontramos frente a un modelo progresivo, en donde los sindicatos cumplen una función de responsabilidad social, al involucrarse en su propia administración.
Este criterio progresivo ha sido ratificado en Mendoza por nuestro máximo Tribunal en "Zaffaroni" y “SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA MUNICIPALIDAD DE MENDOZA".
Los derechos sociales sólo pueden ser modificados si mejoran la situación protectora en la que los sujetos se encontraban antes de la ley. En este caso, se dejó fuera de la autogestión del Registro Agrario al Sindicato, sin garantizar una mínima intervención en el nuevo ente.
De esta forma la Corte Federal entendió que absorber el Renatea la función del viejo Renatre afectaba derechos de los trabajadores agrarios, al retirarlos del control que venían ejerciendo a su propia actividad.
Al declarar inconstitucionales los arts. 106 y 107 ha dado fecha de defunción al Renatea que debe dar paso al viejo Renatre con control sindical.
Este control que siempre ha sido criticado por los sectores neoliberales (Friedrich A. Hayek, "Sindicatos, ¿Para qué?", Unión Editorial, año 2009), que entienden que los intereses sindicales son antisociales, pero que en definitiva intentan debilitar la única fuerza que pone en equilibrio al trabajador frente a su empleador.
El sindicalismo es, mientras tengamos un Estado Servil (como dice Belloc), la última defensa frente a la esclavitud, siendo por tanto necesario protegerlo del avance, que como la ley 26.727, intentó retrotraer los derechos adquiridos por los trabajadores.
Al declararse inconstitucional los dos artículos de la ley, volvemos al sistema proteccionista en donde se garantiza la representación sindical, y un sistema autorprotectorio.
Se ha dado una vida más a la protección de los derechos de los trabajadores y con ello la resurrección del Renatre.